En los últimos meses, se han producido consultas y controversias relacionadas con la instalación y uso de mirillas digitales en viviendas, especialmente en lo que respecta a su posible impacto en la privacidad y en la protección de datos de los residentes de la comunidad.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido recientemente criterio al respecto, aclarando que el uso de estas mirillas es lícito siempre que cumplan la función tradicional de permitir ver quién se encuentra al otro lado de la puerta sin grabar imágenes. Sin embargo, la experiencia demuestra que el uso indebido (con grabación o cesión de imágenes) puede derivar en conflictos entre vecinos, en reclamaciones ante la AEPD o incluso en procedimientos judiciales.

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